CGT-tv.

CGT

CANAL DE DIFUSION DE LAS LUCHAS OBRERAS Y LIBERTARIAS

¡¡¡¡HO EMPEZAMOS HACER LAS COSAS BIEN…… HO EMPEZAMOS A SER CHICAS MALAS



EXIGIMOS LA CORRECION DE TODAS LAS NOMINAS DE LOS KOMPAÑER@S .
QUE HAN ESTADO DE VACACIONES , CON LOS CONCEPTOS QUE COTIZAN CORRECTOS.

LOS CONTRATOS DE JULIO DE LAS KOMPAÑER@S EVENTUALES EN UN PLAZO MINIMO DE 10 DIAS .

LA FIRMA DE LA RENOVACIÓN DE LOS CONTRATOS EN 5 DIAS.

NO DORMIMOS EN VACACIONES,


No es normal lo ke estamos permitiendo, el pulso esta en las nominas del mes de vacaciones no podemos permitirles que hagan las cosas como les de la gana.
Debemos determinar nuestras posiciones y actuar.
¡¡¡¡ APOSTAMOS POR UNA ASAMBLEA GENERAL YA!!!!
No excusa que seamos pok@s ese es SU JUEGO.

PORFIN VINIERON



Desde el comité de intren-centros, el pasado mes de marzo se puso una denuncia a inspección de trabajo denunciando todas las irregularidades que habían en su momento …..que son las mismas que hay en este momento.
El pasado jueves 12 vino el inspector de trabajo, tomo nota de todo, revisamos todas las instalaciones ….fotografiaron ,…y nos cito al comité y a la empresa para dentro de una semana.
Aunque desde fuera parezca que “ EL COMITÉ NO HACE NADA “; Si que de una forma u otra , las cosas se van haciendo silenciosamente , pero nunca podremos ser tan rápido como quisiéramos.

QUEREMOS SABER

..
Como va la negociación del convenio.?

Que se esta valorando hasta el momento.?

Que estamos negociando?

Cual es la actitud de la patronal?

Que postura mantienen los sindicatos negociadores?

Quien nos venderá ésta vez…?

¿Qué ha decidido la asamblea de majaras…?
¿Mañana sol?. Y.......
¿buen tiempo .?

Aquí tenéis tres plataformas juzgar vosotras/os mismos.

PROPUESTA DE CONVENIO 2008-2009 CC.OO.PV.


Art.3 Dos años de vigencia

Art.4 incremento mensual de 60€ salario base.
Incremento del IPC en los demás conceptos económicos

Art.6 Antigüedad eliminación del punto 6

Art.8 Incluir un párrafo con la interpretación del pago de las pagas por cambio de devengo

Art.11 Actualizar el segundo párrafo (pago por día bisiesto)

Art 13 Incluir en jornada :
1. En la jornada continuada se tendrá derecho a 20 minutos de descansa retribuido e igual tiempo retribuido en aquellos centros donde la jornada sea superior a 5 horas seguidas.
2. La jornada nocturna será como máximo 35 horas semana, entendiendo esta jornada como jornada completa a efectos económicos y laborales,
3. Desde el 1 de enero del 2008 la jornada semanal será de 38 horas semanales.

Art.14 Vacaciones:
1. Especificar que los FD tendrán la misma proporción de días laborales que los fijos, aunque se den las vacaciones en otros periodos diferentes a los que marca el convenio.
2. Si el inicio de las vacaciones coincide con domingo o descanso semanal ,estas se alargaran en dichos días o que las vacaciones sean por días laborales.
3. Si se esta en periodo de IT, se podrán coger las vacaciones a la reincorporación de esta, si se esta en año natural aunque estén pactadas.
4. Añadir en el párrafo quinto del articulo, después de hospitalización y o inmovilización

Art.15 Licencia retribuidas
Estas licencias se les aplicaran a las parejas de hecho que estén registradas como tal.
1. 7 días de licencias retribuidas, 4 de ellos los decide el trabajador su disfrute, avisando con una antelación minima de 15 días, la empresa no se podrá negar si dichas solicitudes, no superan el 15% de la plantilla del centro o no tuviese que sustituir al trabajador .(los otros 3 como indica el convenio)
2. 16 horas de jornada retribuida para acudir al medico si este coincide en horario de trabajo, para acompañar a familiares hasta primer grado.
3. 18 días naturales en caso de matrimonio.
4. Un día natural , que coincida con la celebración de la ceremonia, en caso de bautizo, comunión o boda de hijos.
5. Por el tiempo imprescindible para el cumplimiento de un deber de carácter publico y personal.
6. Un día por traslado de vivienda.
Eliminar en el Art. Ropa de trabajo 3l párrafo 3º “El calzado se entregara una vez superado el periodo de prueba”

Art 24 Incluir en el punto 3 al final del segundo párrafo, que el coste del desplazamiento a dicha revisión correrá a cargo de la empresa.

Art 25 Maternidad/Paternidad :Actualizarlo.

Art 26 Excedencia Voluntaria:
1. Añadir “ el mínimo de excedencia será de tres meses y si la excedencia se solicita para un periodo inferior al máximo , la solicitud de la prorroga de la misma habrá de solicitarse por escrito con 30 días naturales de antelación.
2. La reincorporación al puesto de trabajado será en su anterior puesto y realizado el mismo horario , si ambas circunstancias subsisten en iguales términos y condiciones en el momento de solicitar la excedencia, y en caso contrario, se acomodara el puesto de trabajo y horarios a los existentes en la empresa o centro . Por ello en el momento de concederse la excedencia se especificara por escrito el horario ,jornada, y puesto de trabajo.

Art 27 Secciones sindicales y representación unitaria: Aumentar el crédito horario a 40 horas , se crearan comités de intercentros, que tengan las mismas facultades que las de los comités.

Art 29 Horas extraordinarias: Dadas la actual situación de parao existente, se prohíbe terminantemente la realización de horas extraordinarias , debiendo estas de ser suplidas por contratos a tiempo parcial para trabajadores en paro. No obstante, se podrán realizar aquellas que tengan la consideración de fuerza mayor o estructurales . Estas sufrirán un recargo del 75% de su valor.

Art 31 Adscripción del personal: Añadir en el punto 2 en el párrafo ultimo, que si se hubiese disfrutado de las vacaciones con la empresa saliente , la entrante abonara económicamente los días que le correspondan.

INCLUIR del acuerdo marco
- ART DE NOCTURNIDAD
- ART DE PELIGROSIDAD , TOXICIDAD Y PENOSIDAD
- ART DE CATEGORIAS PROFESIONALES.
CREAR UNA COMISION PARA EL OBSERBATORIO DE EMPLEO : Esta comisión se encargara de velar porque se cumpla el convenio (revisar pliegos, que las empresas no vayan por debajo del coste real, denunciar alas empresas que hagan competencia desleal, etc.) Para ello esta comisión habrá de establecer el precio anual mínimo de hora ordinaria de trabajo.
INCLUSIN DE LA LEY DE IGUALDAD.
Los Artículos que el convenio 2005-2007, no aparecen es porque se mantienen en sus mismos términos. Excepto todos aquellos que se tengan que actualizar las fechas .

PLATAFORMA REIVINDICATIVA DE LA UGT PARA EL CONVENIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA

ARTICULO 3: AMBITO TEMPORAL
- Vigencia 2 años. (2008/2009)

ARTICULO 4 : RETRIBUCIONES:
-Garantía del poder (IPC REAL), mas incrementos según pluses reivindicativos
ARTICULO NUEVO
- Regulaciones de pluses en convenio : Por toxicidad, peligrosidad ,,trabajo nocturno Art.29 del AM

ARTICULO 6: ANTIGÜEDAD:
- Se elimine el tope.
- Eliminar el punto 3, de acuerdo con la sentencia del tribunal constitucional.

ARTICULO 7: PLUS DE TRANSPORTE
- Quien trabaje mas del 50% de la jornada lo recibirá COMPLETO
- Quien trabaje menos del 50% de la jornada percibirá el 50% del plus
ARTICULO NUEVO
INCLUIR LOS SIGUIENTES PLUSES .
Plus de transporte Urbano:
Para los trabajadores /as que durante su jornada laboral se desplace a dos o mas centros o tengan jornada partida
Complemento Pluricentro:
-Para quien realice su jornada en 2 o mas centros de trabajo
Complemento Aeroportuario Y Puertos:
- Para los Trabajadores/as que realicen sus funciones en las instalaciones
Complementos Mataderos :
- Para los trabajadores/as que realicen sus funciones en las instalaciones industrias cárnicas, mataderos , industrias de pescados y salazones y así como el las plazas de abastos.

ARTICULO 11: ARTICULO PAGO DE FINIQUITOS Y PAGOS DE SALARIOS
-Los trabajadores/as percibirán sus retribuciones mensuales en la fecha establecida y las partes proporcionales de las pagas extraordinarias o liquidaciones de retribuciones pendientes a percibir, en los cinco días siguientes a la fecha de terminación de la contrata de la empresa saliente .
- Incluir en la retribución anual el día bisiesto (se dividirá el día en 12 meses)

ARTICULO 13 JORNADA LABORAL
- 35 HORAS DE JORNADA SEMANAL

ARTICULO 14 VACACIONES
- 31 día naturales de vacaciones , iniciándose necesariamente en lunes y en caso de ser festivo el día siguiente hábil. A los trabajadores fijos discontinuos no se le computaran los días festivos .
-Si al momento de iniciar sus vacaciones , el trabajador/a se encontrase en IT derivada de cualquier contingencia, estas se les concederá posteriormente al momento del alta , siempre que sea dentro del mismo año.
- Incluir la excepción de la IT coincidente con la maternidad en todos sus supuestos.
- En los casos de los inmigrantes podrá acumular el periodo vacacional de dos años por anticipado siempre y cuando lo justifiquen, para poder ir a su país de origen.

ARTICULO 15 : LICENCIAS RETRIBUIDAS:
- Matrimonio del trabajador/a : 18 días para todos los trabajadores.
- los permisos por enfermedad de familiares se concederán también en los casos de :
- intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario previa justificación medica (según ley de igualdad)
- El día de bautizo, boda o comunión de familiares hasta 2º grado de parentesco por afinidad o consanguinidad.
- El tiempo imprescindible para acudir a la consulta de médicos en general o realización de pruebas medicas con justificante.
- por traslado de domicilio habitual 1 día

ARTICULO 17 : TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS .
- Se abonaran en las gratificaciones extraordinarias y vacaciones la parte proporcional de las domingos y festivos trabajados .( Según sentencias ganadas en diferentes hospitales)
- Cuando los centros de trabajo (cliente) cierre por cualquier circunstancia y no haya trabajo efectivo , el trabajador/a que preste servicio en dicho centro disfrutará de ese “cierre cliente” sin merma de retribución ni días de permiso retribuido.

ARTICULO 22: FLEXIVILIDAD HORARIA .
- Los trabajadores podrán flexibilizar su jornada de trabajo en los casos siguientes :
- Hijos menores de 8 años.
- Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial sin limite de edad que no desempeñen actividad retribuida
- Un familiar directo hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, por razones de enfermedad, accidente o edad no puedan valerse por si mismo y no desempeñen actividad retribuida.
- Esta negociación se abordara a través de la RLT tal y como contempla el Art.34.8 de ET.

ARTICULO24: INCAPACIDAD TEMPORAL.
- Punto 2, cambiar con un máximo de 45 días
- Las empresas abonaran el 100% del salario durante los tres primeros días de la primera baja del año y el 75% en la segunda, por contingencias comunes.
- En caso de accidente laboral de trabajadores pluriempleados, la empresa no afectada por la baja o accidente garantizara igualmente el salario completo del trabajador/a.

ARTICULO 25: MATERNIDAD /PATERNIDAD.
- Establecer y mejorar medidas de conciliación .
- Actualizar todo el texto del convenio colectivo.
- Días de permiso por acumulación de lactancia.
Planes de igualdad:
- Disminuir el número de 250 a 100 trabajadores donde la empresa estará obligada a negociar planes de igualdad.
- Crear comisión paritaria y dotarla der. crédito sindical . Su función seria asesorar a los comités y empresas en la negociación de los planes de igualdad, con criterios unificados para el sector

ARTICULO 26: EXCEDENCIA VOLUNTARIA:
-Reducir su duración minima de cuatro a UN mes -
ARTICULO 27 : SECCIONES SINDICALES Y REPRESENTACION UNITARIA
- Crédito Horario de los representantes legales de los trabajadores:
- Delegados de personal : 25 horas mensuales
- comités de 5 y 9 miembros : 35 horas mensuales
- comités entre 13 ,17 y 21 miembros: 40 horas mensuales.

ARTICULO 29: HORAS EXTRAS:
- Se abonaran con un recargo del 50% las dos primeras y el 75% las restantes, sobre la base de cotización. Las horas festivas y nocturnas, se abonaran todas con un recargo del 75%.

ARTICULO31: SUBROGACION,
-representación legal de los trabajadores:
-Los miembros del comité de empresa, los delegados de personal y los delegados sindicales, podrán optar, en todo caso , entre permanecer en su empresas o subrogarse a la empresa adjudicataria.

ARTICULO 37 CONTRATACION TEMPORAL:
- Se aplicara la reforma laboral vigente .

ARTICULO 38: SALUD LABORAL.
- Introducir, las reivindicaciones sobre el delegado sectorial de prevención
-REGULACIÓN DE ACOSO: Acoso moral ,sexual y psicológico en el trabajo.

ANEXO SANITARIO.

ARTICULO 6: TRABAJOS EN DOMINGOS Y FESTIVOS.
-Se abonaran en las gratificaciones extraordinarias y vacaciones la parte proporcional de los domingos y festivos trabajados.

PUNTO 4:
- Los días que coincidan los domingos con los festivos se cobraran doble.
-(El precio de los festivos estarán pendiente de la revisión o subida salarial que realice el sector de sanidad durante el año,)

-FESTIVOS: que sean festivos los días 18 de marzo 24 y 31 diciembre (especialmente en los centros de salud)

- NUEVO RECOGIDA Y GESTIÓN DE RESIDUOS TOXICOS.
- Regular en convenio , ver formación y mayor retribución.

PLATAFORMA DE APELVA PARA EL CONVENIO COLECTIVO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DEL AÑO 2008:

1º VIGENCIA DEL CONVENIO: 5 años (desde el 2008 a 2012)

2º INCREMENTO SALARIAL :IPC previsto + 0’50 (TODOS LOS AÑOS)

3º LICENCIAS: El mismo proceso de enfermedad grave por parte del familiar dará lugar a una única licencia

4ºCOMPLEMENTO POR INCAPACIDAD TEMPORAL:
Se abonara a partir del día 15 de la baja y hasta los 12 meses (revisión por inspección medica para determinar la continuación de la incapacidad temporal o el paso a incapacidad permanente)

5ºADSCRIPCIÓN DEL PERSONAL (SUBROGACIÓN)
Añade “ampliación” a ”apertura de otro centro del mismo cliente”

6º CONTRATACION:
A) Duración maxima de los contratos eventuales doce meses en un periodo de dieciocho.

B) Identificación de trabajos o tareas que pueden cubrirse con la modalidad de contrato por obra o servicio determinado