1º VIGENCIA DEL CONVENIO: 5 años (desde el 2008 a 2012)
2º INCREMENTO SALARIAL :IPC previsto + 0’50 (TODOS LOS AÑOS)
3º LICENCIAS: El mismo proceso de enfermedad grave por parte del familiar dará lugar a una única licencia
4ºCOMPLEMENTO POR INCAPACIDAD TEMPORAL:
Se abonara a partir del día 15 de la baja y hasta los 12 meses (revisión por inspección medica para determinar la continuación de la incapacidad temporal o el paso a incapacidad permanente)
5ºADSCRIPCIÓN DEL PERSONAL (SUBROGACIÓN)
Añade “ampliación” a ”apertura de otro centro del mismo cliente”
6º CONTRATACION:
A) Duración maxima de los contratos eventuales doce meses en un periodo de dieciocho.
B) Identificación de trabajos o tareas que pueden cubrirse con la modalidad de contrato por obra o servicio determinado
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