PROPUESTA DE CONVENIO 2008-2009 CC.OO.PV.


Art.3 Dos años de vigencia

Art.4 incremento mensual de 60€ salario base.
Incremento del IPC en los demás conceptos económicos

Art.6 Antigüedad eliminación del punto 6

Art.8 Incluir un párrafo con la interpretación del pago de las pagas por cambio de devengo

Art.11 Actualizar el segundo párrafo (pago por día bisiesto)

Art 13 Incluir en jornada :
1. En la jornada continuada se tendrá derecho a 20 minutos de descansa retribuido e igual tiempo retribuido en aquellos centros donde la jornada sea superior a 5 horas seguidas.
2. La jornada nocturna será como máximo 35 horas semana, entendiendo esta jornada como jornada completa a efectos económicos y laborales,
3. Desde el 1 de enero del 2008 la jornada semanal será de 38 horas semanales.

Art.14 Vacaciones:
1. Especificar que los FD tendrán la misma proporción de días laborales que los fijos, aunque se den las vacaciones en otros periodos diferentes a los que marca el convenio.
2. Si el inicio de las vacaciones coincide con domingo o descanso semanal ,estas se alargaran en dichos días o que las vacaciones sean por días laborales.
3. Si se esta en periodo de IT, se podrán coger las vacaciones a la reincorporación de esta, si se esta en año natural aunque estén pactadas.
4. Añadir en el párrafo quinto del articulo, después de hospitalización y o inmovilización

Art.15 Licencia retribuidas
Estas licencias se les aplicaran a las parejas de hecho que estén registradas como tal.
1. 7 días de licencias retribuidas, 4 de ellos los decide el trabajador su disfrute, avisando con una antelación minima de 15 días, la empresa no se podrá negar si dichas solicitudes, no superan el 15% de la plantilla del centro o no tuviese que sustituir al trabajador .(los otros 3 como indica el convenio)
2. 16 horas de jornada retribuida para acudir al medico si este coincide en horario de trabajo, para acompañar a familiares hasta primer grado.
3. 18 días naturales en caso de matrimonio.
4. Un día natural , que coincida con la celebración de la ceremonia, en caso de bautizo, comunión o boda de hijos.
5. Por el tiempo imprescindible para el cumplimiento de un deber de carácter publico y personal.
6. Un día por traslado de vivienda.
Eliminar en el Art. Ropa de trabajo 3l párrafo 3º “El calzado se entregara una vez superado el periodo de prueba”

Art 24 Incluir en el punto 3 al final del segundo párrafo, que el coste del desplazamiento a dicha revisión correrá a cargo de la empresa.

Art 25 Maternidad/Paternidad :Actualizarlo.

Art 26 Excedencia Voluntaria:
1. Añadir “ el mínimo de excedencia será de tres meses y si la excedencia se solicita para un periodo inferior al máximo , la solicitud de la prorroga de la misma habrá de solicitarse por escrito con 30 días naturales de antelación.
2. La reincorporación al puesto de trabajado será en su anterior puesto y realizado el mismo horario , si ambas circunstancias subsisten en iguales términos y condiciones en el momento de solicitar la excedencia, y en caso contrario, se acomodara el puesto de trabajo y horarios a los existentes en la empresa o centro . Por ello en el momento de concederse la excedencia se especificara por escrito el horario ,jornada, y puesto de trabajo.

Art 27 Secciones sindicales y representación unitaria: Aumentar el crédito horario a 40 horas , se crearan comités de intercentros, que tengan las mismas facultades que las de los comités.

Art 29 Horas extraordinarias: Dadas la actual situación de parao existente, se prohíbe terminantemente la realización de horas extraordinarias , debiendo estas de ser suplidas por contratos a tiempo parcial para trabajadores en paro. No obstante, se podrán realizar aquellas que tengan la consideración de fuerza mayor o estructurales . Estas sufrirán un recargo del 75% de su valor.

Art 31 Adscripción del personal: Añadir en el punto 2 en el párrafo ultimo, que si se hubiese disfrutado de las vacaciones con la empresa saliente , la entrante abonara económicamente los días que le correspondan.

INCLUIR del acuerdo marco
- ART DE NOCTURNIDAD
- ART DE PELIGROSIDAD , TOXICIDAD Y PENOSIDAD
- ART DE CATEGORIAS PROFESIONALES.
CREAR UNA COMISION PARA EL OBSERBATORIO DE EMPLEO : Esta comisión se encargara de velar porque se cumpla el convenio (revisar pliegos, que las empresas no vayan por debajo del coste real, denunciar alas empresas que hagan competencia desleal, etc.) Para ello esta comisión habrá de establecer el precio anual mínimo de hora ordinaria de trabajo.
INCLUSIN DE LA LEY DE IGUALDAD.
Los Artículos que el convenio 2005-2007, no aparecen es porque se mantienen en sus mismos términos. Excepto todos aquellos que se tengan que actualizar las fechas .